Cómo saber si un camino es público o privado. Esto es lo que queremos ayudarte a comprender en este artículo.
Para la práctica del senderismo en el medio rural es imprescindible una vía, ya sea senda o camino, por la que transitar. Durante los últimos años ha crecido la afición por la práctica del senderismo. Son muchas las asociaciones, clubes y agrupaciones que hacen de este deporte la base de su oferta de ocio.
Junto con el aumento de los aficionados también se han desarrollado multitud de plataformas online (visores) y aplicaciones para teléfonos inteligentes con imágenes de satélite. Ello conlleva a que cualquier persona pueda ver los caminos y sus recorridos. Pero aquí es donde surge el problema ya que no todo camino que se ve es público.
En Ledesma y comarca también se han aprovechado estos trazados para su uso turístico tanto para el senderismo como para las bicis. El senderismo y las rutas en bici son algunas de nuestras propuestas turísticas y por lo tanto algo sobre el tema hemos tenido que estudiar. A parte de los conocimientos adquiridos profesionalmente, la experiencia que me da el haber vivido en el medio rural ayuda a conocer tanto el punto de vista de los potenciales usuarios de los caminos como de los propietarios de las fincas privadas englobadas en la dehesa salmantina.
En el medio rural del Campo Charro y la dehesa nos encontramos principalmente con tres tipos de caminos:
- Las vías pecuarias. Todos sabemos que son de titularidad pública y por lo tanto transitables.
- Caminos vecinales o agrícolas. Los primeros, caminos tradicionales que unían poblaciones o núcleos urbanos próximos. Los segundos, más propios de zonas agrícolas y que unen las diferentes “tierras” de cultivo privadas. Este tipo por norma general son públicos.
- Caminos privados de acceso y tránsito por las dehesas. Estos son privados, salvo que su trazado coincida con alguno de los anteriores. Si unen varias propiedades pueden tener servidumbre, pero eso no significa que sean públicos
Vías pecuarias.
Cuentan con legislación específica: LEY 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias. También puede haber legislación autonómica. Las vías pecuarias son las utilizadas para la práctica de la trashumancia. Hoy día en desuso y algunas en estado de abandono. En muchas de ellas se aprovechó su trazado para la construcción de carreteras, otras se utilizan como rutas señalizadas para el senderismo o la bici y las menos importantes en su mayoría se han perdido.
Dentro de las vías pecuarias hay varias categorías según la correspondiente normativa:
- Las cañadas son aquellas cuya anchura no exceda de los 75 metros.
- Son cordeles cuando su anchura no sobre pase los 37,5 metros.
- Veredas son las vías que tienen anchura no superior a los 20 metros.
- Colada, no está especificado en la ley un ancho concreto, pero siempre de menor rango que las veredas.
En el “título II Delos usos compatibles y complementarios de la vías pecuarias” se especifica dentro del art. 17 Usos complementarios: “Se consideran usos complementarios de las vías pecuarias el paseo, la práctica del senderismo, la cabalgada y otras formas de desplazamiento deportivo sobre vehículos no motorizados siempre que respeten la prioridad del tránsito ganadero”.
Cabe recordar también que el paso por las vías pecuarias no puede ser bloqueado por cancelas candadas o cualquier otro tipo de valla o alambra que impida la libre circulación para los usos descritos.
En esta imagen obtenida del mapa oficial de redes y vías pecuarias de la provincia de Salamanca se indican las vías existentes en Ledesma.
Si quieres ver el original en este enlace tienes acceso al mismo y a los de todas las provincias: https://www.mapa.gob.es/es/desarrollo-rural/temas/politica-forestal/vias-pecuarias/rvp_descargas.aspx (enlace perdido)
Puedes conocer y ampliar información sobre las vías pecuarias nacionales en Buscador (miteco.gob.es)
Para ver y ampliar información sobre la red de Castilla y León Visor SIG (jcyl.es) y Vías Pecuarias | Medio Ambiente | Junta de Castilla y León (jcyl.es)
Caminos vecinales y agrícolas
Los caminos vecinales son las vías públicas que unen núcleos urbanos próximos. En algunos casos se han asfaltado y convertido en carreteras locales. En otros transcurre campo a través estando o no delimitadas por muros o alambradas. Este último caso y especialmente en la dehesa favorece el desuso y por consiguiente su pérdida o se corta el paso con puertas, alambradas o muro por parte del propietario del terreno para evitar de forma premeditada el paso.
Los caminos agrícolas son las vías utilizadas por los agricultores para llegar hasta sus tierras desde los núcleos urbanos. Son propios de las zonas no adehesadas y con tierras de cultivo. Por norma general estos caminos están libres de paso y son de propiedad pública. No obstante, y según la normativa de cada comunidad o localidad, al realizarse parcelaciones estos caminos pueden quedar en propiedad de la comunidad de regantes o la agrupación de agricultores que la llevó a cabo.
Caminos privados.
Estos son para dar acceso o tránsito dentro de las grandes extensiones privadas que conforman la dehesa. No obstante en algunos casos estos caminos unen varias propiedades estableciendo una servidumbre de paso. Esto no implica que el camino sea público, simplemente que los propietarios de las otras fincas afectadas tienen derecho de uso del camino, no así las personas ajenas.
¿Cómo puedo saber cuándo un camino es público o privado?
Una de las herramientas que tenemos de consulta desde casa es el CATASTRO. En concreto la sede de este organismo: http://www.sedecatastro.gob.es/ . De un sólo vistazo podemos hacernos una idea de si el camino en cuestión es publico o no. Cuando veamos en la imagen satélite una traza de tierra (senda, rodera o camino) que no está delimitada por las lineas catastrales, eso implica que el camino es privado. En cambio, siempre que el camino esté delimitado será de dominio público.
En tan solo 5 pasos podemos comprobar si es público o no. Ojo, que esto no es fiable 100%, a lo mejor los datos no son correctos porque no se han actualizado y hay algún proceso por el cuál ese camino ha cambiado de titularidad o cuente con permiso obtenido de forma reglamentaria para restringir el acceso. En esta presentación puedes ver paso a paso el proceso para acceder a los datos del Catastro.
Sobre este tema puedes indagar más en el enlace de la web ecologistas en acción que te dejo a continuación, donde se hace un amplio repaso a las diferentes casuísticas. https://www.ecologistasenaccion.org/?p=18194
Caminos de acceso a masas de agua y molinos
Queremos reservarnos un párrafo para los caminos de acceso a masas de agua y molinos o aceñas. Existe el falso mito entre los pescadores que según la normativa de pesca o ley de aguas cualquier camino que lleve al río o molino es público. He indagado sobre el tema pero no he encontrado normativa que lo detalle, ni en la de pesca ni en la de agua. En la Ley de Aguas (Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley) se hace la siguiente indicación en el Título IV, Capítulo I Servidumbres Legales:
Artículo 48. Régimen jurídico de la servidumbre de acueducto.
- Los organismos de cuenca podrán imponer, con arreglo a lo dispuesto en el Código Civil y en el Reglamento de esta Ley, la servidumbre forzosa de acueducto, si el aprovechamiento del recurso o su evacuación lo exigiera.
- Con arreglo a las mismas normas, los organismos de cuenca podrán imponer las servidumbres de saca de agua y abrevadero, de estribo de presa y de parada o partidor, así como las de paso, cuando se trate de garantizar el acceso o facilitar el mismo a zona de dominio público de los cauces, para usos determinados, incluyendo los deportivos y recreativos, y, en general, cuantas servidumbres estén previstas en el Código Civil.
En la normativa de pesca se menciona la garantía de acceso al ejercicio de la pesca, pero eso no implica el libre acceso por los caminos. Si nos regimos por los datos catastrales no todos los caminos de acceso al río o molinos son públicos, ya que en muchos casos los molinos no eran de titularidad pública y por lo tanto los caminos de acceso tampoco.